Declaración de Independencia de ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, el 4 de julio de 1776, se redactó en el Congreso una declaración de los representantes de los Estados Unidos de América reunidos en asamblea general.
Descripción
Este documento es la primera versión impresa de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. El 7 de junio de 1776, Richard Henry Lee de Virginia presentó una resolución instando al Congreso, que se reunía en Filadelfia, a declarar la independencia de Gran Bretaña. Cuatro días después, Thomas Jefferson, John Adams, Benjamín Franklin, Roger Sherman, y Robert R. Livingston fueron elegidos miembros del comité encargado de redactar una declaración de independencia. El escrito producido por el comité se leyó en el Congreso el 28 de junio. El 4 de julio el Congreso adoptó la Declaración de Independencia, que contenía una serie de quejas contra la corona británica. El documento fue impreso y distribuido por todas las colonias en forma de volante. Los volantes eras hojas grandes de papel, normalmente impresas por una cara, populares en el siglo XVIII como método rápido de distribución de información importante. Se colocaban en los ayuntamientos y cafés, se leían en las iglesias y las reuniones públicas, y con frecuencia eran reimpresas, en su totalidad o solo fragmentos, en los periódicos locales.
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Texto: Declaración de independencia de Estados Unidos de América:
Cuando, en el curso de los acontecimientos
humanos, un pueblo se ve en la necesidad de romper los lazos políticos que lo
unían a otro, y tomar entre las potencias de la tierra el rango de
independencia y de igualdad al que las leyes de la naturaleza y Dios le dan derecho,
un justo respeto hacia la opinión de los hombres exige que declare las causas que
le han llevado a esta separación.
Tenemos como evidentes por sí
mismas estas verdades: que todos los hombres nacen iguales; que su
Creador les
ha dado ciertos derechos inalienables, entre ellos la vida, la libertad y la
búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos los hombres instituyen
entre ellos gobiernos cuyo justo poder emana del consentimiento de los gobernados;
que si un gobierno, cualquiera que sea la forma, llega a desconocer estos fines,
el pueblo tiene derecho de modificarlo o de abolirlo y de instituir un nuevo gobierno
que se funde sobre tales principios y que organice los poderes según tales formas,
que le parezcan las más adecuadas para asegurar su seguridad y su felicidad.
La prudencia recomienda sin duda
no cambiar, por causas ligeras y pasajeras, los gobiernos establecidos desde
largo tiempo. Así se ha visto siempre a los hombres más dispuestos a sufrir
males soportables que a hacerse justicia aboliendo las formas a las que están acostumbrados.
Pero cuando una larga serie de abusos y de usurpaciones, teniendo invariablemente
el mismo fin, señala el designio de someterlos a un despotismo absoluto, es de
su derecho, es de su deber, rechazar tal gobierno y proveer a su seguridad
futura por nuevas leyes.
Tal ha sido la larga paciencia de
estas colonias, y tales hoy la necesidad que las obliga a cambiar su antiguo
sistema de gobierno. La historia del actual rey de Gran Bretaña es una serie de
injusticias y de usurpaciones, teniendo todas directamente por objeto el
establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probarlo, es
suficiente con someter los hechos al juicio de un mundo imparcial […]. En cada
época de opresión hemos pedido justicia en los términos más humildes; nuestras
reiteradas peticiones sólo han tenido por respuesta insultos e injusticias
repetidas.
Un príncipe, cuyo carácter está
así marcado por todas las acciones que pueden designar a un tirano, es incapaz
de gobernar a un pueblo libre. No hemos dejado de dirigirnos hacia nuestros
hermanos de Gran Bretaña. Les hemos advertido, en todas las ocasiones, de las
tentativas que hacía su Parlamento para extender sobre nosotros una
jurisdicción injustificable.
Hemos recordado a su memoriales circunstancia
de nuestra emigración y de nuestro establecimiento en estas tierras.
Hemos apelado a su justicia, a su
grandeza de alma, y les hemos conjurado, por los lazos de sangre que nos unían,
a desaprobar estas usurpaciones que rompían inevitablemente nuestras relaciones
y nuestros cambios. Ellos también han sido sordos a la voz de la justicia y de
la consanguinidad. Debemos, por tanto, ceder y consentir a la necesidad que
ordena nuestra separación, y considerarlos, al igual que miramos al resto del
género humano, como enemigos durante la guerra y como amigos durante la paz.
En consecuencia, nosotros, los
representantes de Estados Unidos de América, reunidos en Congreso General,
tomando al Soberano Juez del universo como testimonio de la rectitud de
nuestras intenciones, publicamos y declaramos solemnemente, en nombre y por la
autoridad del buen pueblo de estas colonias, que estas colonias unidas son y de
derecho deben ser estados libres e independientes; que son libres de toda unión
a la Corona de Inglaterra; que toda unión política entre ellas y el Estado de
Gran Bretaña es y debe ser totalmente disuelta; que en calidad de estados
libres e independientes tienen pleno poder de hacer la guerra, de concluir la
paz, de contraer alianzas, de establecer actos de comercio y todos otros actos
y cosas que los Estados independientes tienen derecho a hacer.
Y para sostener esta Declaración,
con una firme confianza en la protección de la Divina Providencia,
comprometemos mutuamente nuestras vidas, nuestras fortunas y nuestro sagrado
honor. Representantes del pueblo reunidos en Congreso continental, Filadelfia,
4 de julio de 1776.