DOCUMENTO/TEXTO
ENMIENDAS
(Las diez primeras enmiendas (Bill of
Rights) fueron ratificadas efectivamente en Diciembre 15, 1791.)
ENMIENDA I
El Congreso no hará ley alguna por la que adopte una religión como
oficial del Estado o se prohíba practicarla libremente, o que coarte la
libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo para reunirse
pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios.
ENMIENDA II
Siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un
Estado Libre, no se violará el derecho del pueblo a poseer y portar armas.
ENMIENDA III
En tiempo de paz a ningún militar se le alojará en casa alguna sin el consentimiento
del propietario; ni en tiempo de guerra, como no sea en la forma que prescriba
la ley.
ENMIENDA IV
El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y
efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones arbitrarias, será
inviolable, y no se expedirán al efecto mandamientos que no se apoyen en un
motivo verosimil, estén corroborados mediante juramento o protesta y describan
con particularidad el lugar que deba ser registrado y las personas o cosas que
han de ser detenidas o embargadas.
ENMIENDA V
Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con la pena
capital o con otra infamante si un grán jurado no lo denuncia o acusa, a
excepción de los casos que se presenten en las fuerzas de mar o tierra o en la
milicia nacional cuando se encuentre en servicio efectivo en tiempo de guerra o
peligro público; tampoco se pondrá a persona alguna dos veces en peligro de
perder la vida o algún miembro con motivo del mismo delito; ni se le compelera
a declarar contra sí misma en ningún juicio criminal; ni se le privará de la
vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni se ocupará la
propiedad privada para uso público sin una justa indemnización.
ENMIENDA VI
En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser juzgado
rápidamente y en público por un jurado imparcial del distrito y Estado en que
el delito se haya cometido, Distrito que deberá haber sido determinado
previamente por la ley; así como de que se le haga saber la naturaleza y causa
de la acusación, de que se le caree con los testigos que depongan en su contra,
de que se obligue a comparecer a los testigos que le favorezcan y de contar con
la ayuda de un abogado que lo defienda.
ENMIENDA VII
El derecho a que se ventilen ante un jurado los juicios de derecho
consuetudinario en que el valor que se discuta exceda de veinte dólares, será
garantizado, y ningún hecho de que haya conocido un jurado será objeto de nuevo
exámen en tribunal alguno de los Estados Unidos, como no sea con arreglo a las
normas del derecho consuetudinario.
ENMIENDA VIII
No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas, ni
se infligirán penas crueles y desusadas.
ENMIENDA IX
No por el hecho de que la Constitución enumera ciertos derechos ha de
entenderse que niega o menosprecia otros que retiene el pueblo.
ENMIENDA X
Los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos ni prohíbe
a los Estados, queda reservados a los Estados respectivamente o al pueblo.
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